jueves, abril 29, 2010

¿Son o no son herejes los protestantes?



¿Son o no son herejes los protestantes?

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Primera Parte
Por: Christopher A. Rojas Vásquez

Escribo este artículo movido por la declaración incorrecta de algunos hermanos católicos o sacerdotes, al concebir un falso ecumenismo en la Santa Iglesia Católica.

Hoy en día, es común escuchar o leer a muchos hermanos decir que es incorrecto llamar a los protestantes o considerar que son herejes. Y más grave aún, muchos falsamente dicen que es lo mismo ser católico o protestante, que simplemente son hermanos separados y que todos podemos salvarnos de igual manera.

Pero viene la pregunta: ¿Son o no son herejes?


Primero definamos que es herejía:



«Se llama herejía la negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma» - (Código de Derecho Canónico - CIC can. 751). -CIC# 2089


Con esto podemos deducir:

1-) La herejía es la oposición voluntaria a la autoridad de Dios depositada en Pedro, los Apóstoles y sus sucesores, y lleva a la excomunión inmediata o latae sentenciate, es decir, a la separación de los sacramentos de la Iglesia.


«El apóstata de la fe, el hereje o el cismático incurren en excomunión latae sententiae» - CIC# 1364


¿Qué es la excomunión? «Ciertos pecados particularmente graves están sancionados con la excomunión, la pena eclesiástica más severa, que impide la recepción de los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos, y cuya absolución, por consiguiente, sólo puede ser concedida, según el derecho de la Iglesia, al Papa, al obispo del lugar, o a sacerdotes autorizados por ellos. En caso de peligro de muerte, todo sacerdote, aun el que carece de la facultad de oír confesiones, puede absolver de cualquier pecado y de toda excomunión. » - Catecismo de la Iglesia Católica, 1463


¿Cuántos tipos de excomunión hay? La Excomunión Automática o Latae Sentenciate y la Excomunión por un proceso formal o Ferendae Sentenciate.


¿Qué es excomunión latae sentenciate? «Significa que se da cuando se lleva a cabo el delito, no necesita una declaración pública, se da en el mismo acto.

¿Qué se le prohíbe a un excomulgado? Se prohibe al excomulgado:

1 tener cualquier participación ministerial en la celebración del Sacrificio Eucarístico o en cualesquiera otras ceremonias de culto;

2 celebrar los sacramentos o sacramentales y recibir los sacramentos;

3 desempeñar oficios, ministerios o cargos eclesiásticos, o realizar actos de régimen.» - Código de Derecho Canónico, canon 1331.


¿Qué se le prohíbe si esta excomunión es Ferendae Sentenciate? «Cuando la excomunión ha sido impuesta o declarada, el reo:

1 si quisiera actuar contra lo que se prescribe en el § 1, 1 (es decir... «tener cualquier participación ministerial en la celebración del Sacrificio Eucarístico o en cualesquiera otras ceremonias de culto») , ha de ser rechazado o debe cesar la ceremonia litúrgica, a no ser que obste una causa grave;

2 realiza inválidamente los actos de régimen, que según el § 1, 3 (es decir... «desempeñar oficios, ministerios o cargos eclesiásticos, o realizar actos de régimen.») son ilícitos;

3 se le prohíbe gozar de los privilegios que anteriormente le hubieran sido concedidos;

4 no puede obtener válidamente una dignidad, oficio u otra función en la Iglesia;

5 no hace suyos los frutos de una dignidad, oficio, función alguna, o pensión que tenga en la Iglesia.» - Código de Derecho Canónico, canon 1331.


¿No es esto una imagen legalista por parte de la Iglesia? Muchos sacerdotes se escudan con esta pregunta, y para variar añaden: Cristo es amor... nos regimos por el evangelio, la gracia, tranquilo, no es pecado, no te preocupes.... (ya me ha pasado mucho, que he tenido que ponerme a discutir en mis confesiones con el sacerdote, al contradecir lo que la Iglesia enseña).

Por más que muchos quieran aparentar o sacerdotes quieran escudarse, esto no es una imagen legalista al estilo fariseo en los tiempos de Nuestro Señor Jesucristo. A diferencia de los antiguos, nosotros los cristianos, tenemos el Evangelio de Nuestro Señor, pasamos a la Ley Evangélica.

En ella encontramos el medio perfecto, a través de la Santa Madre la Iglesia, hacia la Salvación, en Cristo Jesús. Pero con el transcurrir del tiempo, el Magisterio de la Iglesia (Santo Padre y Obispos en unidad o el Santo Padre sólo) movidos incesantemente por el Espíritu Santo en la continua explicación de la Revelación, ha tenido la necesidad de desmenuzar y explicar con mucho detalle, las cosas de fe.

Puede parecer muy legalista, pero ha sido necesario para aclarar estas situaciones, son 2000 años de desarrollo teológico y de explicación, de la Revelación depositada por Jesucristo Nuestro Señor a Pedro y los Apóstoles, y estos a sus sucesores.


¿Es necesario de manera imprescindible que todo católico conozca la Ley Canónica o estas cosas a este detalle? No, no es necesario, pero si es necesario investigar para aclarar las dudas de la fe, cuando el caso fuese grave y peligre la fe. Pero nuestros sacerdotes si deben tener buen conocimiento, porque a ellos son quienes acudimos en duda de fe. Y si un sacerdote enseña contrario a lo que enseña la Santa Iglesia, tiene que dar cuentas ante Dios porque haber descarriado a una de sus ovejas. Ellos son nuestros pastores.


¿Qué es el Código de Derecho Canónico? La ley canónica es la ley de la Iglesia. El Código de Derecho Canónico es la compilación oficial de leyes de la Iglesia Católica. La palabra "canon" procede del griego: "regla" y se refiere a una ley eclesiástica. La ley canónica trata sobre toda materia que se refiera a la misión de la Iglesia y a las relaciones entre personas en la misma. Por ejemplo: normas para la celebración de los sacramentos y la liturgia, la organización de la vida religiosa, las obligaciones y derechos de los fieles, la administración de las propiedades de la Iglesia, etc.

Las leyes de la Iglesia encuentran su fundamento pero no son lo mismo que la ley moral o la doctrina. Parte de la ley canónica trata de cuestiones disciplinarias que pueden cambiar y han cambiado en el curso de la historia. Otras leyes no pueden cambiar porque proceden de la ley natural (se puede descubrir por la razón en el orden de la creación) o la ley divina positiva (revelación).

La ley canónica cubre tanto leyes universales (para todo católico de rito romano) y leyes particulares a una región (diócesis) o a un grupo específico (religiosos, laicos, etc.). Hay un Código para las Iglesias Orientales (en plena comunión con Roma) que se promulgó en 1990. Las leyes particulares no pueden contradecir las universales y deben promulgarse por una autoridad eclesiástica competente según la leyes que gobiernan al grupo a que se aplica.

La autoridad suprema de la Iglesia (el colegio de obispos con la cabeza del colegio, el Papa, o el Papa solo) es la única autorizada para promulgar o modificar la ley canónica.

La ley en vigencia sigue a dos anteriores: El decreto de Graciano, compilada por el monje italiano Camaldolense, Graciano en el año 1140 A.D. y el Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Benedicto XV en 1917 y hecho efectivo en Pentecostés, 19 de mayo de 1918. El actual Código de Derecho Canónico lo promulgó el Papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983.


Pues bien, ya he mencionado suficientes conceptos a modo de pregunta, por cualquier duda que surgiera al lector. Continuamos con las deducciones:


2-) La herejía surge de un juicio erróneo de la inteligencia sobre las verdades de fe definidas como tales.

3-) La herejía atenta contra la fe y contra el Primer Mandamiento.

4-) Se diferencia de la Apostasía en que la herejía no rechaza totalmente la fe cristiana y del cisma que es un rechazo a la sujeción del Papa.


¿Qué es la Apostasía? «El rechazo total a la fe cristiana» - Código de Derecho Canónico, canon 2089
Ejemplo: La persona que deja la fe cristiana y se hace musulmán.


¿Qué es el cisma? «Es el rechazo de la sujeción al Sumo Pontífice o de la comunión con los miembros de la Iglesia a él sometidos.» - Código de Derecho Canónico, canon 2089
Ejemplo: El católico, sea clérigo o laico, que rechaza la Autoridad del Papa. Monseñor Lefebvre al consagrar 4 sacerdotes como obispos, desobedeciendo la fecha estipulada por el Santo Padre y consagrando cuatro en vez de uno.

Si notamos, la diferencia entre Cisma y Herejía, es que la persona que cae en cisma no rechaza algún dogma de fe, sino que rechaza la Sujeción. Monseñor Lefebvre no es un hereje, ya que se mantuvo fiel a la Doctrina de la Iglesia, sino que sencillamente desobedece la sujeción al Papa.


Y con esto, queridos hermanos, termino la primera parte al explicar términos preliminares sobre el tema.


Un Saludo cordial al todos en el Sagrado Corazón!

Ad Jesum per Mariam.

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